El Comité de Ética es el organismo interno del Estudio creado con la finalidad de hacer cumplir el presente Código de Ética Profesional. Está conformado por un grupo de tres (3) a cinco (5) miembros elegidos cada dos (2) años por los abogados del Estudio, en reunión convocada para tales efectos. El Comité de Ética tiene las siguientes responsabilidades:

  • Fomentar positivamente, pero también fiscalizar el cumplimiento del Código de Ética.
  • Atender y absolver cualquier consulta referida a decisiones que puedan resultar inmorales o ilegales, o relativas al cumplimiento del Código de Ética.
  • Atender toda denuncia que llegue al Estudio, a través de alguno de sus miembros o por un cliente o tercero, referida al incumplimiento del Código de Ética, especialmente en asuntos que impliquen la comisión de actos inmorales o ilegales. Remitir las recomendaciones respectivas sobre el caso a los socios del Estudio. Todo acuerdo, informe, recomendación o acto realizado por el Comité de Ética debe ser aprobado por la totalidad de sus miembros, en la medida que los mismos estén referidos a actos inmorales o ilegales. Los demás asuntos podrán ser decididos por mayoría simple.