Estimados señores:
Con fecha 24 de agosto, se ha publicado el Decreto Legislativo N° 1381 mediante el cual:
- Se ha modificado el tratamiento aplicable a las operaciones de exportación o importación de bienes en el ámbito de precios de transferencia y a los Países o Territorios de Baja o Nula Imposición.
- Se ha establecido la obligación de realizar pagos a cuenta por las rentas de segunda categoría obtenidas por la enajenación de valores que no estén sujetas a retención.
- Se ha derogado la deducción de gastos por intereses de créditos hipotecarios para primera vivienda.
En ese sentido hemos preparado el referido comunicado y quedamos a su disposición para cualquier precisión y/o aclaración que estimen pertinente.