Buenas tardes:
Con fecha 02 de julio de 2018, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) emitió la Carta N° 20-2018-SUNAT/7000000 mediante la cual se señaló que el otorgamiento del derecho temporal a realizar adaptaciones en un software para su comercialización califica como regalía.
En ese sentido hemos preparado el referido comunicado y quedamos a su disposición para cualquier precisión y/o aclaración que estimen pertinente.